FACUA Extremadura critica que el Ayuntamiento de Almendralejo no devuelva el 'tarifazo' ilegal del agua

El presidente de la asociación, José Manuel Núñez, ha comparecido ante el pleno del Consistorio para defender que, tras la sentencia del Supremo, se debe abonar a los vecinos lo cobrado de más desde 2016.

FACUA Extremadura critica que el Ayuntamiento de Almendralejo no devuelva el 'tarifazo' ilegal del agua
El presidente de FACUA Extremadura, José Manuel Núñez, durante su comparecencia en el pleno del Ayuntamiento. | Imagen: Ayuntamiento de Almendralejo.

FACUA Extremadura critica que el Ayuntamiento de Almendralejo pretenda no devolver a los vecinos de la localidad el tarifazo del agua aprobado en 2016 tras la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ha anulado las ordenanzas municipales que acordaron dicha subida.

El presidente de la asociación, José Manuel Núñez, ha asistido este martes 29 de septiembre al pleno del Consistorio para defender que el Ayuntamiento está en su obligación de abonar a los usuarios todas las cantidades que les han cobrado de más desde 2016, cuando se aprobó la subida de tasas anulada ahora por el TS.

Los miembros del pleno han acordado aprobar por unanimidad volver a aplicar las tarifas de 2012 e instar a Socamex, la empresa de aguas del municipio, a cumplir con la resolución del Supremo. Sin embargo, no han valorado la posibilidad de poner en marcha ninguna medida destinada a gestionar el reintegro de lo cobrado indebidamente.

Ante la pregunta de Núñez sobre cómo se iba a proceder a devolver el dinero, el alcalde de Almendralejo, José María Ramírez, ha indicado que la sentencia del TS no dicta en ningún lado que se deban reintegrar dichas cantidades. "Si la sentencia no dice que haya que devolver a los contribuyentes [...] la jurisprudencia señala que si no hay una reclamación por parte de los afectados son liquidaciones consentidas y no se deben devolver", ha afirmado.

En este sentido, FACUA Extremadura critica que el Ayuntamiento se limite a indicar que cumplirá con lo dispuesto por el TS y quiera obligar a los usuarios a tener que reclamar para recuperar un dinero que les ha sido cobrado de forma irregular durante cuatro años, en lugar de establecer un procedimiento para que la devolución sea automática.

FACUA Extremadura también lamenta el cambio de parecer del equipo de gobierno actual, en manos del PSOE. Fue el propio partido el que, durante su etapa anterior en la oposición, elevó al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura la posible irregularidad de la subida de tasas y y defendió la devolución de las cantidades cobradas de más en caso de confirmarse la nulidad, como así ha sido.

Los usuarios pueden reclamar la devolución

FACUA Extremadura aconseja a los vecinos de Almendralejo que, ante la postura del Ayuntamiento, reclamen la devolución de las cantidades que les han sido cobradas de más desde 2016.

Los afectados pueden acudir a la asociación para que ejerza acciones en defensa de sus derechos y reclame en su nombre al Consistorio el abono de dichas cantidades.

El Supremo declaró la nulidad de las tasas de 2016

El TS confirmó este pasado mes de julio las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que declaraban la nulidad de las ordenanzas municipales que acordaron la subida de las tasas del agua en el año 2016.

Según ha indicado el Congreso General del Poder Judicial en una nota de prensa, el Supremo ha desestimado "los recursos de casación planteados por la empresa Socamex SAU, concesionaria de dichos servicios públicos, contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que anularon por ser contrarias a derecho las citadas ordenanzas".

Así, ha confirmado la nulidad de las ordenanzas municipales que acordaron la subida de las tarifas del agua. En la sentencia, el TS indica que "los contratos de prestación de servicios -impugnados en varios recursos- incorporan un aumento automático del IPC en las cuotas que deben satisfacer los usuarios de los distintos servicios públicos".

De esta forma, recoge que no se permite "la justificación de la subida por el mero aumento del IPC. Menos aún cuando tal previsión es contractual y no consta que la recoja la ordenanza municipal, verdadera fuente normativa de la exacción".

"El concesionario no ha acreditado, en absoluto, que durante el periodo reclamado hubieran subido los costes de cada uno de los servicios prestados y regulados en ordenanzas distintas y separadas", finaliza.

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