La CNMC sanciona el cártel que formaron las dos principales empresas de radio taxi de Murcia

La cooperativa Radio Taxi Murcia y la desaparecida Asociación Teletaxi se coordinaron con un acuerdo entre 2016 y 2019 para sancionar y expulsar a taxistas que contratasen servicios por su cuenta.

La CNMC sanciona el cártel que formaron las dos principales empresas de radio taxi de Murcia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una sanción de 31.174 euros a la cooperativa Radio Taxi Murcia por ejercer prácticas contrarias al libre mercado. La que se salva de la sanción es la Asociación Tele Taxi, que se disolvió en 2019.

Radio Taxi Murcia y Teletaxi Ciudad de Murcia eran las principales plataformas de contratación telefónica de servicios de taxi en la Región. Ambas adoptaron un compromiso coordinado de sancionar a aquellos taxistas que prestasen servicios a otras empresas de intermediación y a no admitir a los taxistas que fueran expulsados.

El acuerdo estuvo vigente desde el 1 de diciembre de 2016 hasta el 2 de julio de 2019, cuando Teletaxi se disolvió. Radio Taxi, en cambio, sancionó a varios de sus socios y llegó a expulsar a uno de ellos.

A través del acuerdo colectivo ambas entidades eliminaron la independencia de actuación que es exigible en mercados competitivos y lo hicieron con un claro objetivo consistente en evitar que sus taxistas presten servicios a terceras empresas que consideran intrusas en el mercado. Las prácticas fueron desproporcionadas y utilizaron un sistema represivo y disuasorio.

El poder de las empresas en el mercado resultó decisivo para la eficacia del acuerdo, ya que entre ambas aglutinaban en el periodo infractor prácticamente la totalidad de las licencias de taxi (el 92,38% del total) por lo que aquellos taxistas que incumplieran las condiciones acordadas se veían abocados a quedar fuera del sistema de solicitud de taxi por teléfono en el municipio de Murcia, del que deriva una parte importante de sus ingresos.

Se trata de un acuerdo entre competidores con un claro objeto anticompetitivo prohibido por la Ley de Defensa de la Competencia. La multa de 31.174 euros, equivalentes al 5,5% del volumen de negocios de cooperativa en el año 2022.

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