FACUA Sevilla ha denunciado a la organización del Sonoria Festival -Andalusian Underground Gathreing, que se celebró el pasado sábado 13 de mayo en el recinto New Theatre, ubicado en el Polígono Carretera Amarilla, tras las quejas de afectados que sufrieron numerosos incumplimientos de las condiciones contractuales con respecto a lo ofertado y publicitado, así como situaciones que podrían haber puesto en peligro su seguridad.
La asociación invita a los asistentes a reclamar y a exigir indemnizaciones, y ha destacado que la organización del festival incurrió en incumplimientos de diversa consideración. Por ejemplo, con respecto a las entradas, puso a la venta dos tipos: una general y otra vip. La vip tenía incluido servicios como el acceso al festival con entrada prioritaria, pulsera para entrar y salir en horario permitido, acceso a zonas vips, pack Merchan Mini (Lanvard + stickers), vaso sonoria y copa antes de las 19.00 horas.
Pero numerosos asistentes, a pesar de disponer de entradas vips, no tuvieron oportunidad de benefiarse de prioridad en el acceso al festival, aunque lo vendieron como parte del servicio, teniendo que soportar largas colas de espera con una duración de más de dos horas, tal y como han manifestado a FACUA Sevilla en sus quejas.
La promotora, igualmente, publicitó una serie de bonos de copas hasta fin de existencias que los consumidores afectados no pudieron canjear en las barras habilitadas en el recinto debido a supuestos "fallos informáticos", lo que supone otro incumplimiento en sus obligaciones contractuales al no haber constancia de que se hayan hecho cargo de reintegrar los importes de los bonos de copas no consumidos durante la celebración del evento.
Preocupación por motivos de seguridad
A numerosos afectados, según ha podido conocer FACUA Sevilla, no se les permitió acceder al evento en tiempo de disfrutar de la programación ofertada pese a tener la entrada, o de hacer uso de los bonos de copa que habían pagado previamente, aduciendo la organización que el aforo se encontraba completo. Todo ello ha generado un perjuicio a los asistentes y evidencia los incumplimientos de la organización del evento.
La asociación expone que la organización del Sonoria Festival ha incurrido "en un claro y absoluto incumplimiento contractual" al no ofrecer los servicios contratados según el artículo 1.091 del Código Civil, que establece que "las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y deben cumplirse a tener de los mismos".
FACUA Sevilla ha expresado su preocupación por el hecho de que se publicite un evento que no ofrecía todas las garantías, teniendo en cuenta que se desconoce si se realizó un efectivo control al acceso de la celebración, siendo que en caso contrario se habría puesto en riesgo la seguridad e integridad de los asistentes.
El artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece el derecho básico del consumidor a "la protección contra los riesgos que puedan afectar a su salud o seguridad", así como a "la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, en particular frente a las prácticas comerciales desleales".
De otra parte, la publicidad del Sonoria Festival, con respecto al evento que se ofreció, motiva que FACUA Sevilla aluda al artículo 12 de la Ley 13/2003 de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. Establece que "los órganos de defensa del consumidor, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos y de acuerdo con la normativa vigente, vigilarán y desarrollarán sistemas de control e inspección a fin de conseguir en Andalucía el cumplimiento de las normas de calidad en los bienes y servicios ofertados a los consumidores" y "la efectiva aplicación y estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes referentes a la elaboración, distribución, información, publicidad, promoción, oferta y venta de bienes y servicios".
Problemas de aforo y desconsideración a los consumidores
FACUA Sevilla ha estimado que los incumplimientos contractuales por parte de la organización del Sonoria Festival deben ser calificados como conductas infractoras en materia de consumo. Entre ellas, subraya lo que establece el artículo 71.8.5 de la referida Ley 13/2003 de 17 de diciembre, que considera infracción "actuar con desatención o desconsideración hacia los consumidores" o "realizar otras acciones u omisiones que (...) produzcan riesgo o daño efectivo para la salud o seguridad de los consumidores, si se realizan por falta de precauciones exigibles en la actividad de que se trate".
En otro orden, FACUA Sevilla ha señalado que la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, en sus artículos 19.3 y 19.8, considera infracciones muy graves "la celebración o realización de espectáculos públicos o actividades recreativas sin haberse sometido a los medios de intervención administrativa que correspondan y con ello se produzcan situaciones de grave riesgo para los bienes o para la seguridad e integridad física de las personas", así como "la admisión de público en número superior al determinado como aforo de establecimientos públicos, de forma que se vean disminuidas las condiciones de seguridad exigible para las personas o bienes".
Por todo ello, la asociación ha requerido al Servicio de Consumo del Ayuntamiento de Sevilla para que investigue los hechos denunciados, abra expediente sancionador y resuelva conforme a la normativa vigente para la defensa de los consumidores.