Telecos y privacidad

¿De verdad alguien cree que ha llegado el fin del spam telefónico?

Si los consumidores no denunciamos las llamadas comerciales molestas para que multen a las empresas responsables, estos abusos seguirán produciéndose.

Por Rubén Sánchez

Siempre que pasa lo mismo, ocurre la misma cosa. La entrada en vigor de cambios legales que protegen a los consumidores necesitan de denuncias masivas para convencer a muchas empresas de que tienen que cumplirlos. Y la prohibición del spam telefónico no va a ser una excepción.

Para situarnos, desde el 29 de junio, la ley no permite que te llamen para venderte productos o servicios si previamente no has autorizado que te llamen para venderte ese tipo de productos o servicios. La medida está incluida en la nueva Ley General de Telecomunicaciones, concretamente en su artículo 66. Y es consecuencia de una enmienda impulsada durante el trámite parlamentario por Esquerra Republicana de Catalunya y finalmente pactada con el PSOE y Unidas Podemos.

Pero dejemos las cosas claras. La nueva ley incorpora un elemento novedoso, pero no es la primera regulación que se aprueba para intentar acabar con las llamadas comerciales molestas. Hasta ahora, las llamadas comerciales solo podían realizarse de lunes a viernes no festivos, de 9 de la mañana a 9 de la noche. Las empresas que lo hicieran fuera de ese horario estaban vulnerando la ley general para la defensa de los consumidores. Aunque la realidad es que muchas empresas se han saltado esa ley.

Además, antes de llamarte las empresas tenían que consultar si estabas incluido en un listado de exclusión publicitaria. Es decir, tenía que consultar previamente si te habías dado de alta en la denominada Lista Robinson, para que no te llamase absolutamente nadie a quien no hubieses autorizado, o si habías solicitado que no te llamasen para venderte los servicios de determinadas empresas que te resultan especialmente molestas. Lo dice otra ley, la Ley Orgánica de Protección de Datos. Pero lo cierto es que muchas, muchísimas empresas también se han saltado esas obligaciones.

Y hay una tercera cuestión en la regulación de las llamadas comerciales vigente desde hace años que también se están saltando muchísimas empresas. No hay estadísticas oficiales. Pero posiblemente sean 11 de cada 10 las que la incumplan. Se trata de la obligación de informar al consumidor de su derecho a solicitar la supresión de sus datos personales. Es decir, a que la empresa elimine tu teléfono de su base de datos y no te moleste nunca más. ¿Alguna vez te han informado de ese derecho en una llamada comercial? Es más, ¿alguna vez le has pedido al teleoperador que no te vuelvan a llamar nunca más y a los pocos días han vuelto a llamarte para venderte los servicios de la misma empresa?

La novedad en la regulación de las llamadas comerciales que entra en vigor a finales de junio es que, a partir de ahora, además, las empresas tendrán que consultar si has autorizado que te llamen para ofrecerte sus servicios. Es decir, aunque no estés inscrito en la Lista Robinson, aunque no hayas pedido a ninguna empresa que no te llame, todas las llamadas que recibas serán igualmente ilegales, salvo que hayas solicitado expresamente recibir esas llamadas.

Pero no te quepa duda de que muchas empresas van a saltarse también esta nueva regulación. Sin denuncias, sin multas, numerosas compañías dedicadas a la venta telefónica van a seguir llamándote para venderte cosas que no te interesan a la hora que más te moleste. Así que para convencer a las empresas de que, por su bien, lo mejor que pueden hacer es cumplir la ley, no toca hacer un pequeño esfuerzo. El esfuerzo de denunciar.

Cada vez que nos llamen, tomemos nota del número, el día y la hora de llamada para preparar un breve escrito dirigido a la Agencia Española de Protección de Datos donde le contemos lo ocurrido. Un breve escrito, sí, porque no hace falta que te sepas qué artículos de qué leyes se han vulnerado con esa llamada. Limítate a exponer lo que ha pasado indicando, evidentemente, cuál es el número de teléfono del que eres titular en el que has recibido la llamada. Ni siquiera hace falta que indiques cuál era la empresa de la que te estaban intentando vender un producto o servicio. De hecho, seguramente ni siquiera te lo contaron, ya que muchas llamadas suelen comenzar con el teleoperador preguntándote cuál es la compañía con la que tienes contratada la electricidad o las telecomunicaciones y le cuelgas antes de que aclare de qué empresa está vendiendo servicios.

La ley de protección de datos otorga a la Agencia encargada de protegerlos competencias para identificar, investigar y sancionar a las empresas que se dediquen a spamearte. Y ojo que para denunciar, no es necesario que tengas grabada la llamada, aunque desde luego si lo haces, la grabación siempre puede aportar más datos a tu denuncia.

Pero en realidad no tienes que demostrar que te han llamado. Basta que indiques desde qué número lo hicieron, qué día y a qué hora aproximada. La Agencia Española de Protección de Datos tendrá que verificar qué empresa es la titular de esa línea y, si niega los hechos, podrá requerir a tu compañía de telecomunicaciones que le confirme que efectivamente recibiste esa llamada. Y si te llaman desde un número oculto, denuncia igualmente. La Agencia puede requerir a tu compañía de telefonía que le aclare desde qué numeración te llamaron ese día y a esa hora.

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