FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Escenario Musical Mediterránea SL, promotora del Mediterránea celebrado el 17, 18 y 19 de agosto en Gandía, por prohibir el acceso con comida y bebida del exterior y cobrar una cuantía adicional al coste de la entrada a quien quisiese poder entrar y salir del recinto libremente. La denuncia ha sido dirigida al Ayuntamiento de la localidad valenciana y a la Subdirección General de Comercio y Consumo.
La empresa organizadora impuso que para poder entrar y salir del recinto, los asistentes deberían adquirir una "pulsera Reacceso", con un precio de 10 euros.
La asociación considera que esta medida se sustenta única y exclusivamente en criterios economicistas, buscando la promotora del festival su enriquecimiento de manera ilícita. A su vez, entiende que no hay justificación para la aplicación de esta norma, pues si las entradas y salidas del recinto pudieran afectar al normal desarrollo del espectáculo o suponer un problema de seguridad, en ningún caso se permitiría el reacceso a las mismas.
Imposiciones sin base legal
Con respecto a la prohibición de entrar con comida y bebida del exterior, resulta completamente abusivo atendiendo a lo dispuesto en el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, según el cual "se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".
Además, la antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -ahora, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)-, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una "cláusula abusiva" ya que el consumidor "se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida".
Por todo ello, FACUA ha exigido al Ayuntamiento de Gandía y a la Subdirección General de Comercio y Consumo que abra expediente sancionador a la promotora del Mediterránea Festival al entender que se ha vulnerado la normativa vigente en materia de consumo.