Me estoy planteando hacer una novación o subrogación de mi hipoteca ¿qué comisión pueden cobrarme?
Existen unos límites a la comisión que la entidad puede cobrar en caso de novación o subrogación:
En hipotecas variables o mixtas con al menos un periodo fijo inicial de 3 años.
Cuando la novación sea relativa al tipo de interés aplicable o de subrogación de un tercero en los derechos de acreedor con aplicación de un tipo fijo para el resto de vigencia del préstamo.
- Durante los 3 primeros años: máximo 0,05%.
- Resto de vida del préstamo: no podrá cobrarse comisión.
En hipotecas variables o mixtas (durante el periodo variable).
Para el resto de novaciones o subrogaciones distintas al supuesto anterior:
- Durante los 3 primeros años de vida de la hipoteca, la comisión está limitada a un 0,25%.
- Durante los 5 primeros años de vida de la hipoteca, la comisión está limitada a un 0,15%.
En hipotecas fijas.
- Durante los 10 primeros años de vida de la hipoteca, la comisión está limitada a un 2%.
- A partir del undécimo año, la comisión se limita al 1,5%.
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