¿Está sujeta la fianza a algún tipo de actualización con los años?

Durante los cinco primeros años de duración del contrato, o durante los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o como arrendatario podrás pedir que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga.

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Bancos, eléctricas, telefónicas, aseguradoras, aerolíneas, grandes establecimientos comerciales... Los consumidores sufrimos todo tipo de irregularidades. Si reclamamos solos, en muchas ocasiones las empresas nos ignoran y los gobiernos no actúan. Si lo hacemos unidos, tendremos más fuerza para defender nuestros derechos y frenar los abusos.
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¿Por qué reclamar con FACUA?

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Resolvemos la mayoría de casos sin ir a tribunales
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