Han perdido mi paquete, ¿qué derechos tengo?
El remitente del envío es el que tendrá derecho a la indemnización, en su defecto o a petición de éste, el destinatario. Salvo causa de fuerza mayor, en caso de extravío de un envío con valor declarado, abonado como tal, los operadores postales están obligados a pagar al remitente o, a petición de éste, al destinatario una indemnización equivalente, al menos, a la cantidad declarada, sin perjuicio de otras indemnizaciones.
En caso de destrucción total o parcial del contenido, la indemnización será equivalente, al menos, a la cantidad declarada en el primer caso y al valor del contenido desaparecido en el segundo, sin que pueda, en ningún caso, superarse la cantidad establecida para la desaparición total.
Reclama
Bancos, eléctricas, telefónicas, aseguradoras, aerolíneas, grandes establecimientos comerciales... Los consumidores sufrimos todo tipo de irregularidades. Si reclamamos solos, en muchas ocasiones las empresas nos ignoran y los gobiernos no actúan. Si lo hacemos unidos, tendremos más fuerza para defender nuestros derechos y frenar los abusos.
Hacerme socio pleno¿Por qué reclamar con FACUA?
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