He solicitado alquilar un vehículo adaptado y la empresa me indica que no disponen de ninguno

Dado que se trata de un servicio privado, a diferencia de como sucede con los taxis (servicio público), la normativa no obliga a disponer de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida de entre los que conformen la flota de las empresas de arrendamiento de vehículos sin conductor.

No obstante, sí debemos recordar que tanto en el sector público como en el privado, todas las entidades que suministren bienes o servicios al público están obligadas a cumplir con el principio de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, evitando cualquier forma de discriminación directa o indirecta por razón de discapacidad.

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