Mi vivienda se ha visto afectada por la DANA, ¿qué ocurre con mi contrato de luz? ¿Tengo que seguir pagando?

De forma excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2025, podrás:
– Suspender o cambiar tu contrato de suministro o sus prórrogas en cualquier momento, sin penalización, para contratar una oferta diferente con el comercializador con el que ya tienes contrato y poder ajustarte a tus nuevas necesidades de consumo.
– Se atenderán los cambios de potencia que pidas aunque ya hubieras modificado las condiciones técnicas de tu contrato de acceso en un plazo inferior a 12 meses.

A partir del 31 de diciembre de 2025, y dentro de los tres meses siguientes,  si has pedido suspender tu contrato podrás pedir que se reactive. En ese mismo plazo, si hubieras solicitado una modificación del contrato podrás volver a pedir que se vuelva a modificar.

Las reactivaciones y modificaciones se harán en un máximo de cinco días y sin coste para ti, salvo en algunos casos como:
a) Pagos por aumento de potencia contratada.
b) Pagos por supervisión de instalaciones, en su caso.
c) Costes por cambio de equipos de medición, si es necesario.

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Bancos, eléctricas, telefónicas, aseguradoras, aerolíneas, grandes establecimientos comerciales... Los consumidores sufrimos todo tipo de irregularidades. Si reclamamos solos, en muchas ocasiones las empresas nos ignoran y los gobiernos no actúan. Si lo hacemos unidos, tendremos más fuerza para defender nuestros derechos y frenar los abusos.
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¿Por qué reclamar con FACUA?

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