No tengo certificado de circulación, ¿tendría que haberlo solicitado?

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que se comercialicen a partir del 22 de enero de 2024 deberán disponer de su certificado VMP. De la misma manera, a partir del 22 de enero de 2027 solo podrán circular los VMP que dispongan de dicho certificado.

A partir de las referidas fechas, las autoridades correspondientes podrán solicitar dicho certificado a los usuarios.

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