Por un error de la compañía de agua me han facturado cantidades inferiores a las debidas

Depende de la normativa municipal de agua. En algunas regulaciones se establecen topes máximos para este tipo de sucesos, por lo que habría que acudir a ella. De no existir dichos límites en la normativa pertinente, se debe comprobar si el contrato prevé esta situación. No obstante, la deuda prescribe transcurridos tres años del periodo en que se hace la refacturación.

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