¿Puedo cambiar de empresa de agua?
El suministro de agua en los hogares es competencia municipal y , por tanto, responsabilidad y deber del ayuntamiento garantizar y hacer accesible este servicio, . Esto significa que es una función a cargo de la administración local en España.
No obstante, y aunque su titularidad es municipal, la gestión del servicio puede ser directa, cuando el servicio lo presta el propio ente local o bien un organismo o entidad con capital social íntegramente público; y se realiza una gestión indirecta mediante cualquiera de las formas establecidas en la normativa de Contratos del Sector Público, concesiones a empresas privadas o de capital mixto. El agua no es una mercancía, es un recurso natural escaso necesario y su titularidad y gestión no está liberalizada.