Tras mi viaje en tren he llegado al destino y no me entregarán mi maleta hasta mañana

En caso de retraso en la entrega de los equipajes facturados en tren, el transportista ferroviario deberá pagar, por cada período indivisible de 24 horas a partir de la petición de entrega y hasta un máximo de catorce días:

  • si se ha producido un perjuicio, una indemnización igual al importe del perjuicio hasta un máximo de 0,80 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto de los equipajes o de 14 unidades de cuenta por bulto, entregados con retraso;
  • si no prueba que por ello se ha producido un perjuicio, una indemnización a tanto alzado de 0,14 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto de los equipajes o de 2,80 unidades de cuenta por bulto, entregados con retraso.

La modalidad de indemnización, por kilogramo o por bulto, quedará determinada por las condiciones generales de transporte.

Actualmente la unidad por cuenta tiene un valor de aproximadamente 1,25 euros, pero dicho valor fluctúa diariamente según el mercado.

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