El TS establece que el cliente no pague los gastos de registro en transmisiones acordadas entre bancos

El Supremo ha fijado en cuatro sentencias cómo deben girarse los honorarios arancelarios establecidos por el Registro de la Propiedad en operaciones realizadas por razones de conveniencia empresarial.

Europa Press
España-04/06/2020
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El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que no se puede cargar al prestatario los gastos de registro generados por transmisiones de hipotecas acordadas entre entidades bancarias.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso ha fijado en cuatro sentencias dictadas entre el 13 y el

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