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La exoneración temporal del pago de alquiler de vivienda protegida en Extremadura se hará de oficio

Durante el período de vigencia de esta medida no se podrá resolver el contrato de arrendamiento, declarar la pérdida del derecho a la adjudicación de la vivienda ni se devengarán intereses por causa de impago.

FACUA.org / Europa Press
Extremadura-30/03/2020

El Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado la exoneración temporal del pago de renta de alquiler a los adjudicatarios de viviendas protegidas de promoción pública de la Junta de Extremadura en régimen de arrendamiento o arrendamiento con opción de compra

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