Valores mobiliarios y acciones deben excluirse del ajuar doméstico a efectos del Impuesto de Sucesiones

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que afirma que el ajuar doméstico sólo comprende el conjunto de bienes muebles afectos al servicio de la vivienda familiar o al uso personal del causante.

Europa Press
España-03/06/2020
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), y fija que los valores mobiliarios y las acciones deben excluirse del ajuar doméstico a efectos de

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