
Telecos y privacidad
Derecho al olvido: cómo ejercitarlo y prevenirse ante Google
Desde 2007, la AEPD obliga al buscador a retirar informaciones personales. El criterio es sencillo: ningún usuario debe soportar que sus datos personales se divulguen cuando carezcan de toda relevancia.
Por Luis Gervas de la Pisa
España-28/10/2016
Desde el año 2007, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) viene imponiendo a Google la obligación de retirar informaciones personales de su buscador. El criterio que impone la Agencia a Google es sencillo: ningún particular debe soportar que sus datos personales se divulguen, cuando carezcan de cualquier relevancia en la actualidad.
Así, si al buscar nuestro nombre y apellidos en Google, aparece, por ejemplo, una web del año 2009, que publicita nuestras notas, junto a cientos de aspirantes de una oposición (o un indulto, sanciones de tráfico, etc.), podríamos pedirle a Google que deje de encontrar la web «al buscar nuestro nombre y apellidos». Tendríamos que identificarnos e informarl
Contenido exclusivo para socios